Asociación Paraguaya de Fútbol

Resoluciones del Tribunal
Tribunal Disciplinario

Resoluciones del Tribunal

13/08/2019

13/08/2019

Estas fueron las determinaciones adoptadas por el Tribunal Disciplinario de la APF, tras el desarrollo del fin de semana, en su sesión de este martes 13 de agosto.

 

Jugadores expulsados – División de Honor:

  • Antolín Alcaraz Viveros (Club Olimpia) expulsado contra Sp. Luqueño: 2 partidos.
  • Paulo Fabián Lima Simoes (Club Sp. Luqueño) expulsado contra Olimpia: 2 partidos.
  • Richard Ariel Cabrera Aveiro (Club Sp. Luqueño) expulsado contra Olimpia: 2 partidos.

 

Jugadores expulsados – División Reserva:

  • Nery Ramón Balbuena González (Club Nacional) expulsado contra Libertad: 2 partidos.
  • Eduardo Sebastián Zaracho Espínola (Club Gral. Díaz) expulsado contra Atl. River Plate: 1 partido.

 

En el caso de la supuesta retirada del Club Presidente Hayes en el encuentro disputado contra su similar, el Club Gral. Martín Ledesma, de fecha 9 de agosto de 2019, en el estadio Fortín de Tacumbú del Club Pdte. Hayes, el Tribunal RESUELVE:

 

  1. CORRER traslado de dicho informe a los Clubes PRESIDENTE HAYES Y GRAL. MARTÍN LEDESMA, para que ejerzan sus derechos de defensa si así conviniere a sus derechos.
  2. RECABENSE informes de los distintos medios periodísticos respecto a los incidentes que motivaron la supuesta retirada del Club Pdte. Hayes en dicho partido.

 

También, el Tribunal resolvió:

 

  1. INSTRUIR sumario para la averiguación, investigación y determinación de los hechos y de los responsables, debiéndose recabar y producir todo tipo de pruebas encaminado a dicho fin.
  2. CORRER traslado del presente sumario, de esta resolución y de la totalidad de la documentación obrante, a los CLUBES BENJAMÍN ACEVAL y ORIENTAL, para que ejerzan sus derechos de defensa, en caso de que así lo consideren conveniente.
  3. DECRETAR, en carácter de, MEDIDA CAUTELAR, la PROHIBICIÓN AL PÚBLICO AFICIONADO AL CLUB ORIENTAL, EN GENERAL, de ingreso a todo y cualquier estadio en el que se lleven a cabo eventos deportivos organizados y/o patrocinados por la Asociación Paraguaya de Fútbol, en todo tipo de competiciones y en todas las Categorías, durante el plazo de (30) treinta días, prorrogables, de conformidad a lo que disponen los arts. 101, 142 y siguientes y concordantes del Código Disciplinario de la APF.
  4. SOLICITAR informe al Departamento de Registro de la APF, sobre si las personas cuyos datos de nombre y de cédulas de identidad que se indican seguidamente se hallan registradas y/o inscriptas en la APF como dirigentes de clubes afiliados a la APF y/o jugadores, a saber.

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